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jueves, 4 de septiembre de 2014

JESÚS MARÍA PODRÍA SUMARSE AL REGISTRO DE DEUDORES DE CUOTA ALIMENTARIA

Jesús María

La concejal Verónica Búa presentó un proyecto de ordenanza para que el municipio adhiera al Registro Provincial de Deudores y Morosos de cuota alimentaria. Quienes figuren en ese listado no podrán realizar trámites municipales. Enterate aquí las implicancias de esta iniciativa. 



La Concejal Verónica Búa presentó un proyecto de Ordenanza  por el que se propone adherir al Registro Provincial de Deudores Morosos Alimentarios, dependiente del Ministerio de Justicia.

Si esta iniciativa es aprobada, el Municipio deberá requerir la presentación del Certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, para realizar determinados trámites municipales, en los casos enunciados por la Ley Provincial.

La Concejal Bua manifestó que “con la adhesión al Registro que se propone el municipio ofrece, en beneficio de niños, niñas y adolescentes y en al marco de las políticas públicas que tiene diseñadas, una herramienta para compeler a los morosos a cancelar sus deudas”.

En los fundamentos del proyecto se plantea, entre otras cuestiones, “que existen padres y madres obligados al pago de cuota alimentaria que honran su obligación cumpliendo puntualmente con la misma. Pero, también existen obligados al pago que eluden sistemáticamente esta obligación usando para ello las más variadas maneras, entre ellas, no tener a su nombre bienes y o generar sus ingresos al margen de las normativas registrales legales. Ello lleva a quien ejerce la tenencia, y en su representación al niño o a la niña, un largo peregrinar en el sistema de justicia que muchas veces concluye  en no tener ningún bien que garantice el cobro la obligación.

En este sentido, y como forma de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, el municipio puede Adherir al Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Córdoba; organismo que recaba los datos de aquellas personas calificadas judicialmente  como deudores alimentarios morosos, exigiendo para la entrega de habilitaciones, concesiones, ingreso a la administración pública, contrataciones, etc,  la presentación del certificado emitido por dicho organismo donde conste que la persona no es deudor alimentario moroso. De no contar con dicho certificado no se da curso al trámite solicitado por el o la interesado/a.”

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